Objeto del programa
Concesión de ayudas en especie, dirigidas a impulsar el crecimiento y desarrollo de startups, conforme a dos modalidades de actuación:
Programas de Aceleración de Startups Regionales son de ámbito autonómico y multisectorial. Su objetivo es facilitar a startups de una comunidad autónoma, actividades de asesoramiento multisectoriales orientadas a hacer crecer significativamente sus negocios. El Plan de Aceleración en esta modalidad constará de tres fases:
1.º Programa de formación.
2.º Programa de aceleración.
3.º Conexión con el tejido empresarial local y «networking».
Programas de Aceleración de Startups Sectoriales son de ámbito nacional y especialización sectorial. Su objetivo es permitir a startups de todo el territorio nacional acceder a actividades de asesoramiento especializado en cada sector, orientado a hacer crecer significativamente sus negocios. El Plan de Aceleración en esta modalidad constará de tres fases:
1.º Programa de formación.
2.º Programa de aceleración.
3.º Conexión con el tejido empresarial sectorial.
Cada uno de estos programas estará centrado en uno de los diez sectores tractores marcados por la Estrategia España Nación Emprendedora:
- Industria.
- Industrias culturales y musicales.
- Movilidad.
- Salud.
- Construcción y materiales.
- Energía y transición ecológica.
- Banca y finanzas.
- Digital y telecomunicaciones.
- Agroalimentación.
- Biotecnología.
Beneficiarios de la ayuda
Startups que...
- Que estén inscritas en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y demostrar tener la antigüedad máxima que se establezca en las convocatorias.
- Que tengan su domicilio fiscal y su principal centro operativo en España y mantenerlos, al menos, durante el periodo de prestación de las actividades objeto de subvención.
Se entiende por startup a empresas de reciente creación, cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil de la escritura pública de constitución, o de siete en el caso de empresas de biotecnología, energía, o industriales, que cumplan los siguientes requisitos:
- No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación. Los términos concentración o segregación se consideran incluidos en las anteriores operaciones.
- Tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.
- El 60 por ciento de la plantilla deberá tener un contrato laboral en España o contratos mercantiles en el ámbito de la Unión europea.
- Ser una empresa innovadora, entendiendo por empresa innovadora aquella que tenga por finalidad resolver un problema o mejorar una situación existente mediante el desarrollo de productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica y que lleven implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial.
- No distribuir ni haber distribuido dividendos.
- No cotizar en un mercado regulado ni en un sistema multilateral de negociación.
- Cualquier otro requisito que se exija legalmente para definir el concepto de startup o empresa emergente, que se incluirá en las correspondientes convocatorias.
La Fundación EOI seleccionará mediante un procedimiento de licitación a las entidades colaboradoras que prestarán el servicio de aceleración a las entidades beneficiarias. Son obligaciones de las entidades colaboradoras:
- La atracción de startups al Programa de Aceleración de Startups susceptibles de recibir el servicio de aceleración.
- Dar soporte a las Startups que quieran solicitar la ayuda para la tramitación de la solicitud de las mismas.
- El desarrollo y seguimiento de las acciones vinculadas al programa a las startups beneficiarias.
- Justificación de la prestación del Plan de Aceleración a cada startup ante Fundación EOI
Descripción
Las ayudas en especie se concederán en régimen de concurrencia no competitiva
Plazo de solicitud
Convocatoria: pendiente de publicación
Más información
- Convocatoria: pendiente de publicación
- Bases: Orden ICT/748/2022, de 28 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a través del Programa de Capacidades Emprendedoras para el impulso del "Programa de Aceleración de Startups", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (BOE núm. 185, de 3 de agosto de 2022)