Objeto del programa
Ayudas a proyectos tractores de las entidades definidas en el artículo 6, destinados a la construcción y puesta en funcionamiento de nuevas instalaciones industriales o nuevas líneas completas de producción altamente eficientes y descarbonizadas:
- Una nueva planta de producción industrial.
- Una nueva línea de producción completa en una planta existente. Esta línea de producción deberá integrar todas las etapas y procesos productivos necesarios para obtener los productos finales a partir de materias primas.
Un proyecto tractor deberá contener obligatoriamente, al menos, un proyecto primario en una de estas líneas:
- Línea de investigación industrial, desarrollo experimental y estudios de viabilidad. Dentro de esta línea se establecen las siguientes tipologías
- Proyectos de investigación industrial
- Proyectos de desarrollo experimental
- Estudios de viabilidad previos a proyectos de investigación industrial o a proyectos de desarrollo experimental
- Línea de proyectos de innovación en materia de organización y procesos
- Proyectos de innovación en materia de organización
- Proyectos de innovación en materia de procesos
- Línea de ayudas a la inversión para la protección del medio ambiente y la descarbonización industrial con carácter innovador
- Inversiones destinadas a la descarbonización industrial con carácter innovador
- Inversiones destinadas a la captura de carbono de procesos industriales
- Inversiones en medidas de ahorro energético o eficiencia energética con carácter innovador
- Inversiones para la promoción de la energía procedente de fuentes renovables para el autoconsumo de energía directamente utilizada por procesos industriales
- Estudios medioambientales
Actividades elegibles
- Calcinación o sinterización, incluida la peletización, de minerales metálicos, incluido el mineral sulfuroso.
- Producción de hierro o acero (fusión primaria o secundaria), incluidas las correspondientes instalaciones de colada continua de una capacidad superior a 2,5 toneladas por hora.
- Producción o transformación de metales férreos (como ferroaleaciones) cuando se explotan unidades con una capacidad superior a 5 toneladas por hora. La transformación incluye, entre otros elementos, laminadores, recalentadores, hornos de recocido, forjas, fundición, y unidades de recubrimiento y decapado.
- Producción de aluminio primario o alúmina.
- Producción de aluminio secundario cuando se explotan unidades con una capacidad superior a 5 toneladas por hora.
- Producción o transformación de metales no férreos, incluida la producción de aleaciones, el refinado, el moldeado en fundición, etc., cuando se explotan unidades con una capacidad superior a 5 toneladas por hora.
- Fabricación de cemento sin pulverizar («clinker») en hornos rotatorios con una capacidad de producción superior a 500 toneladas diarias o en hornos de otro tipo con una capacidad de producción superior a 50 toneladas por día.
- Producción de cal o calcinación de dolomita o magnesita en hornos rotatorios o en hornos de otro tipo con una capacidad de producción superior a 50 toneladas diarias.
- Fabricación de vidrio incluida la fibra de vidrio, con una capacidad de fusión superior a 20 toneladas por día.
- Fabricación de productos cerámicos mediante horneado, en particular de tejas, ladrillos, ladrillos refractarios, azulejos, gres cerámico o porcelanas, con una capacidad de producción superior a 75 toneladas por día.
- Fabricación de material aislante de lana mineral utilizando cristal, roca o escoria, con una capacidad de fusión superior a 20 toneladas por día.
- Secado o calcinación del yeso o producción de placas de yeso laminado y otros productos de yeso, con una capacidad de producción de yeso calcinado o yeso secundario secado superior a un total de 20 toneladas diarias.
- Fabricación de pasta de papel a partir de madera o de otras materias fibrosas.
- Fabricación de papel o cartón con una capacidad de producción de más de 20 toneladas diarias.
- Producción de negro de humo, incluida la carbonización de sustancias orgánicas como aceites, alquitranes y residuos de craqueo y destilación, con una capacidad de producción superior a 50 toneladas diarias.
- Producción de ácido nítrico.
- Producción de ácido adípico.
- Producción de ácido de glioxal y ácido glioxílico.
- Producción de amoníaco.
- Fabricación de productos químicos orgánicos en bruto mediante craqueo, reformado, oxidación parcial o total, o mediante procesos similares, con una capacidad de producción superior a 100 toneladas por día.
- Producción de carbonato sódico (Na2CO3) y bicarbonato de sodio (NaHCO3).
Beneficiarios de la ayuda
- Sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia que realicen alguna actividad industrial, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con cualquier forma jurídica y tamaño
- Agrupaciones sin personalidad jurídica propia en las que participe una sociedad mercantil privada y que hayan establecido con anterioridad un acuerdo de agrupación
Descripción
Las ayudas reguladas mediante esta orden podrán tener la forma de préstamos, subvenciones o de una combinación de ambos, de acuerdo con lo que establezca cada convocatoria.
Plazo de solicitud
Del 1 al 18 de diciembre de 2025.
Más información
- Convocatoria: Extracto de la Resolución de 4 de noviembre de 2025 de la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial, Entidad Pública Empresarial, por la que se efectúa la convocatoria de concesión de ayudas para el desarrollo de instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el año 2025. (BOE núm. 267, de 6 de noviembre de 2025)
- Bases: Orden ITU/831/2024, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el desarrollo de instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas, como parte del PERTE de Descarbonización Industrial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se convocan estas ayudas para el año 2024. (BOE núm. 190, de 7 de agosto de 2024)
- Orden ITU/1175/2025, de 23 de octubre, por la que se modifica la Orden ITU/831/2024, de 2 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el desarrollo de instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas, como parte del PERTE de Descarbonización Industrial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se convocan ayudas para el año 2024. (BOE núm. 257, de 25 de octubre de 2025)