Mincotur - Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa

Ayudas de apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras con objeto de mejorar la competitividad de las pymes

Objeto del programa

Favorecer el fortalecimiento de los colectivos empresariales que reúnan las características, objetivos y requisitos establecidos.

Los tipos de actuaciones y proyectos susceptibles de recibir las ayudas del programa se especificarán en cada convocatoria, y podrán ser los siguientes:

  • Línea 1: Actuaciones de apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales Innovadoras
  • Línea 2: Estudios de viabilidad técnica enfocados a la definición de proyectos destinados a ser presentados a futuras convocatorias de los siguientes programas:
    • El programa de Apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras regulado por la presente orden, a través de la Línea 3 de «Proyectos de Tecnologías Digitales»
    • El programa marco de investigación e innovación de la UE para el periodo 2021-2027, «Horizonte Europa».
  • Línea 3: Proyectos de Tecnologías Digitales proyectos presentados en este epígrafe deberán incorporar conocimientos y/o tecnologías que promuevan la transformación digital de las empresas que los llevan a cabo en el marco de las siguientes categorías:
    • Actividades de investigación industrial:
    • Actividades de desarrollo experimental
    • Innovación en materia de organización
    • Innovación en materia de procesos

Beneficiarios de la ayuda

  • Línea 1. Agrupaciones Empresariales Innovadoras: las AEI incipientes, considerando como tales las recientemente constituidas, en proceso de consolidación, con una antigüedad de un máximo de 4 años desde su fecha de constitución, y cuya inscripción en el Registro de AEI del Ministerio se encuentre vigente a la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Línea 2. Estudios de viabilidad técnica: las AEI cuyas inscripciones en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo se encuentren vigentes en la fecha de publicación de cada convocatoria.
  • Línea 3. Proyectos de Tecnologías Digitales: Las AEI y las entidades asociadas a ellas cuyas inscripciones en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo se encuentren vigentes en la fecha de publicación de cada convocatoria.
Se entenderá por PYMES las que cumplan los siguientes requisitos:
  1. Que empleen a menos de 250 personas.
  2. Que su volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros, o su balance general anual no exceda de 43 millones de euros.
  3. Que el cómputo de los efectivos y límites en el caso de empresas asociadas o vinculadas se efectúe como disponen los artículos 3 a 6 del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
  • Dentro de la categoría PYME, se define a una «pequeña empresa» como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocio anual, o cuyo balance general anual, no supera los 10 millones de euros, computándose los límites de acuerdo con el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
  • Dentro de la categoría PYME, se define a una «microempresa» como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros, computándose los límites de acuerdo con el mencionado anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
  • A los efectos de esta orden, se considerarán empresas de reciente creación las que han sido constituidas como máximo en los cinco años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda de cada convocatoria, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa y siendo ésta, al menos seis meses anteriores a la fecha de cierre de plazo de presentación de solicitudes de ayuda.

Plazo de solicitud

15 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.

Más información

  • Convocatoria: Extracto de la Orden de 4 de julio por la que se efectúa la convocatoria correspondiente a 2024 de las ayudas establecidas para el apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras con objeto de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas. (BOE núm. 163, de 6 de julio de 2024
  • Bases: Orden ICT/1117/2021, de 9 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras con objeto de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y se procede a la convocatoria correspondiente al año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (BOE núm. 247, de 15 de octubre de 2021)
    • Orden ICT/474/2022, de 20 de mayo, por la que se modifica la Orden ICT/1117/2021, de 9 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras con objeto de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y se procede a la convocatoria correspondiente al año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (BOE núm. 126, de 27 de mayo de 2022

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