Objeto del programa
Préstamos para financiar...
- Proyectos de desarrollo experimental que podrán incluir la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados en tecnologías tales como:
- Inteligencia Artificial, Internet de las Cosas (IoT); tecnologías 5G; tecnologías de procesamiento masivo de datos e información; computación de alto rendimiento; computación en la nube; procesamiento de lenguaje natural; ciberseguridad; biometría e identidad digital; Blockchain; robótica; inteligencia artificial; realidad virtual y aumentada; efectos especiales y simulación; micro/nanoelectrónica; Impresión 3D- Fabricación aditiva.
- Contenidos digitales: puesta a disposición de datos de forma masiva y en formatos reutilizables, videojuegos, animación digital, música, cine y vídeo, contenidos audiovisuales, publicaciones digitales, publicidad digital, redes sociales y aplicaciones móviles.
- Proyectos que fomenten desarrollo, impulso y adopción de tecnologías digitales, que posibiliten el estímulo de la demanda, así como el desarrollo de proyectos tractores y el emprendimiento en el ámbito tecnológico.
Beneficiarios de la ayuda
- Empresas.
- Fundaciones, asociaciones (incluyendo federaciones, confederaciones o uniones de estas) y colegios profesionales.
- Las entidades locales, Comunidades Autónomas uniprovinciales y Ciudades
- Autónomas.
- Las Universidades públicas y privadas y sus institutos universitarios
- Organismos Públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
- Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
- Centros tecnológicos y Centros de apoyo a la innovación tecnológica que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
Plazo de solicitud
31 de marzo de 2024.
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